- Ley
- Ley de Gobierno de Coalición, Reglamentaria de los artículos 61 fracción LI y 77 fracción XLVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
- Artículo
- 5
Artículo 5 de la Ley de Gobierno de Coalición, Reglamentaria de los artículos 61 fracción LI y 77 fracción XLVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Un gobierno de coalición se forma cuando varios partidos se juntan para gobernar. En el acuerdo que firman deben decir claramente cómo se va a organizar ese gobierno, por qué lo están haciendo y cómo se puede terminar si algo sale mal. También tienen que explicar paso a paso el proceso para disolverlo si ya no funciona.
Texto oficial
Artículo 5. En el convenio se establecerá la conformación del gobierno de coalición, los motivos que lo promueven, las causales y el procedimiento para la disolución del gobierno de coalición.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.