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Ley
Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado de México ayudará a las autoridades federales (como las que se encargan de agricultura o medioambiente) para que los maíces nativos, que son los que han existido desde siempre en el estado, sigan libres de contaminación. Esto aplica a los maíces afectados por organismos genéticamente modificados (OGM), que son semillas alteradas en laboratorio, o cualquier otra cosa que vaya en contra de lo que busca esta ley (que es proteger esos maíces). En pocas palabras, el gobierno estatal se une al federal para evitar que los maíces originales se mezclen o dañen con otros tipos de maíz.

Texto oficial

Artículo 22.- El Gobierno del Estado de México coadyuvará con las Autoridades Federales en la materia, para que los Maíces Nativos establecidos en el territorio estatal continúen libres, OGM o cualquiera otra que atente contra el objeto de la presente Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Fomento y Protección del Maíz Nativo como Patrimonio Biocultural y Alimentario del Estado de México (pág. 7) ↗

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