Artículo 16 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para ser juez o jueza cívico en México, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano (o mexicana) y tener tus derechos como ciudadano al corriente, como poder votar. También debes tener al menos 28 años cumplidos cuando te nombren. Es obligatorio tener título y cédula profesional de abogado (licenciatura en derecho) y haber trabajado como abogado mínimo tres años. No puedes tener una condena firme por un delito grave (doloso) que implique cárcel, ni estar en la lista de deudores de pensión alimenticia (el Registro Nacional o el de tu estado). Por último, debes pasar los exámenes y cursos que pida el Ayuntamiento.
Texto oficial
Artículo 16.- Para ser Jueza o Juez Cívico se deben reunir los siguientes requisitos: I. Ser ciudadana o ciudadano de nacionalidad mexicana, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos; II. Tener por lo menos veintiocho años de edad cumplidos al momento de su designación; III. Tener título de licenciatura en derecho, contar con cédula profesional expedida por la autoridad correspondiente para el ejercicio de su profesión y tener por lo menos tres años de ejercicio profesional; IV. No estar condenado por sentencia ejecutoriada delito doloso que merezca pena corporal; V. No estar inscrito en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias o en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Entidad; y VI. Acreditar los exámenes, cursos o certificaciones correspondientes que determine el Ayuntamiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.