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Artículo 18 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser secretario o secretaria de un juzgado cívico necesitas cumplir exactamente los mismos requisitos que para ser juez cívico. Esto quiere decir que si alguien cumple con lo que pide la ley para ser juez, también puede aplicar para secretario. No hay requisitos diferentes o más sencillos para este puesto. Básicamente, ambas posiciones exigen lo mismo en cuanto a estudios, experiencia y otros documentos.

Texto oficial

Artículo 18.- Para ser Secretaria o Secretario del Juzgado Cívico se deben cumplir con los mismos requisitos que para Juez Cívico.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.