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Artículo 49 de la Ley de Justicia Cívica del Estado de México y sus Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 49 dice que el Trabajo en Favor de la Comunidad es un derecho que la Constitución te reconoce si cometes una falta. Esto significa que, en lugar de pagar una multa o ir a la cárcel, puedes hacer servicios gratuitos para ayudar a la sociedad. Estos trabajos pueden ser en oficinas de gobierno, refugios, centros de cuidado animal, organizaciones civiles o espacios públicos, según lo que se acuerde. No te pagan nada por hacerlo, pero es una forma de cumplir con tu responsabilidad sin que te penalicen de otra manera. Es una oportunidad para reparar el daño que causaste y mejorar la convivencia en tu comunidad.

Texto oficial

Artículo 49.- El Trabajo en Favor de la Comunidad es una prerrogativa reconocida constitucionalmente Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 22 de noviembre de 2023. Última reforma POGG: 16 de junio de 2026. Sentencia SCJN publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 07 de enero de 2026. LEY DE JUSTICIA CÍVICA DEL ESTADO DE MÉXICO Y SUS MUNICIPIOS 19 a la persona infractora, consistente en la prestación de servicios no remunerados, en la dependencia, institución, órgano, refugio, centro de control animal, organización de la sociedad civil, espacios de concurrencia colectiva o cualquier otra, que para tal efecto se establezca. CAPÍTULO TERCERO MEDIDAS PARA MEJORAR LA CONVIVENCIA COTIDIANA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 18) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.