Artículo 31 de la Ley de Fomento a las Actividades de las Organizaciones de la Sociedad Civil del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Las oficinas del gobierno y las empresas del Estado deben crear juntas, talleres o cualquier actividad que ayuden a formar, apoyar y hacer más fuertes a los grupos de personas que trabajan en proyectos de desarrollo o mejoras para la comunidad. Básicamente, están obligadas a impulsar a las organizaciones ciudadanas que hacen actividades de beneficio público.
Texto oficial
Artículo 31. Las Dependencias y Entidades deberán organizar los mecanismos y eventos que consideren necesarios para promover la constitución, colaboración y fortalecimiento de Organizaciones en Actividades de Fomento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.