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Ley
Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Artículo
14

Artículo 14 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los municipios pueden ofrecer descuentos, hasta del 100% del impuesto predial que debas de años anteriores, más sus recargos. Esto aplica si eres dueño de un terreno o casa sin papeles en regla y te presentas a regularizar tu situación durante el 2026. Para obtener el beneficio, primero debes comprobar que cumples con los requisitos ante las oficinas del gobierno municipal. El porcentaje exacto del descuento y las condiciones para darlo los define cada ayuntamiento en un acuerdo de cabildo.

Texto oficial

Artículo 14.- Los ayuntamientos podrán acordar a favor de los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Predial, que lleven a cabo la regularización de la tenencia de la tierra, a través de los organismos públicos creados para tal efecto, y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2026, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% del monto del Impuesto Predial a su cargo, correspondiente a ejercicios fiscales anteriores y de los accesorios legales causados, previa acreditación de que se encuentran en tal supuesto. Los montos de los apoyos, así como los términos y condiciones en cuanto a su otorgamiento, se determinarán en el correspondiente acuerdo de cabildo.

Ver texto oficial de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026 (pág. 11) ↗

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