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Ley
Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Artículo
15

Artículo 15 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un predio o terreno que no está regularizado y participas en un programa oficial para arreglar su situación durante el año 2026, el municipio puede perdonarte hasta el 100% del impuesto por comprar o recibir ese inmueble, más los recargos y multas que debas. Esto aplica solo si el programa es promovido por una dependencia pública creada especialmente para eso. Los detalles de cuánto te van a descontar y cómo pedirlo los va a definir cada ayuntamiento en una reunión de cabildo.

Texto oficial

Artículo 15.- Los ayuntamientos podrán acordar a favor de los contribuyentes sujetos al pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles, por operaciones realizadas mediante Programas de Regularización de la Tenencia de la Tierra, promovidos por organismos públicos creados para tal efecto, y que se presenten a regularizar sus adeudos durante el ejercicio fiscal 2026, estímulos fiscales a través de bonificaciones de hasta el 100% en el monto de la contribución, los recargos y la multa. Los montos de los apoyos, así como los términos y condiciones en cuanto a su otorgamiento, se determinarán en el correspondiente acuerdo de cabildo.

Ver texto oficial de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026 (pág. 11) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.