Artículo 17 de la Ley de Ingresos de los Municipios del Estado de México para el ejercicio fiscal 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que, durante el 2026, los ayuntamientos (los gobiernos de los municipios) pueden aprobar un descuento total (del 100%) en el impuesto que pagas cuando compras o recibes una casa o terreno, pero solo si participas en un programa oficial para regularizar viviendas donde estén metidos el Gobierno del Estado de México, el Registro Público de la Propiedad y el Colegio de Notarios. Para que te apliquen el descuento, el ayuntamiento tiene que aprobar el programa en una reunión de cabildo (los regidores y el presidente municipal), y ahí mismo deben poner las reglas: quiénes pueden participar, cuánto es el beneficio y los requisitos que tienes que cumplir.
Texto oficial
Artículo 17.- Los ayuntamientos mediante el acuerdo de cabildo correspondiente, podrán durante el ejercicio fiscal 2026, acordar a favor de los contribuyentes, sujetos al pago del Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles y Otras Operaciones Traslativas de Dominio de Inmuebles; estímulos fiscales de hasta el 100% en el monto de la contribución que corresponda, en el marco de los programas de regularización de vivienda de inmuebles con uso habitacional, en los que participe el Gobierno del Estado de México, por conducto de las dependencias correspondientes, el Instituto de la Función Registral del Estado de México y el Colegio de Notarios del Estado de México. El acuerdo de cabildo referido, deberá señalar los requisitos a cumplir por los beneficiados, el monto o proporción de los beneficios y las bases del programa, según corresponda. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 17 de diciembre de 2025. Sin reforma. LEY DE INGRESOS DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE MÉXICO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 12
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