Artículo 12 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Cultura del Estado de México va a dar a conocer, por medio de sus redes, páginas web, programas de radio o TV del gobierno, los libros impresos o digitales que se hayan escrito o publicado en el Estado. Estos libros deben hablar de cómo piensa, cómo vive y qué valores tiene la gente del Estado de México, ya sea en forma literaria, técnica o científica. También van a promover aquellos libros que estudien y expliquen problemas sociales, y que además propongan cómo resolverlos. En otras palabras, el gobierno va a hacerle publicidad a los libros locales que muestren la identidad mexiquense o que ofrezcan soluciones a los problemas de la sociedad.
Texto oficial
Artículo 12. La Secretaría de Cultura, a través de diferentes espacios y medios de comunicación gubernamental, difundirá los libros impresos y digitales escritos o editados en el Estado de México, cuyo contenido literario, técnico o científico, divulgue los valores y el modo de vida y pensamiento de los mexiquenses. Del mismo modo, promoverá las ediciones que analicen y diagnostiquen situaciones consideradas como problemas sociales y que prescriban sus posibles soluciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.