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Artículo 13 de la Ley de Fomento para la Lectura y el Libro del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el gobierno de tu estado y tu municipio deben animar a que las personas como tú, y también a empresas o grupos, regalen libros, revistas o material digital (como archivos en computadora) a las bibliotecas públicas o a lugares de lectura al aire libre. Esto es para que más gente tenga acceso gratuito a la lectura. Si tú donas un libro, estarías ayudando a que otras personas lo disfruten.

Texto oficial

Artículo 13. Las autoridades estatales y municipales promoverán que las personas físicas y jurídicas colectivas realicen donaciones de material bibliográfico, hemerográfico y digital a bibliotecas públicas o espacios públicos de lectura.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.