Artículo 15 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Secretaría (una dependencia del gobierno) tiene varias tareas para combatir la extorsión y delitos parecidos. Entre ellas, hacer estudios sobre por qué ocurren estos delitos, sus estadísticas y cómo se comportan los delincuentes. También debe coordinarse con otras autoridades y con organizaciones públicas y privadas para enseñarle a la gente cómo protegerse. La Secretaría tiene que llevar registros y compartir información usando tecnología, y además organizar una estrategia estatal contra la extorsión. Por último, debe fomentar campañas para prevenir estos delitos, capacitar a los servidores públicos y hacer todo lo que digan otras leyes.
Texto oficial
Artículo 15. Corresponden a la Secretaría, las siguientes atribuciones: I. Realizar estudios de las causas estructurales, distribución geodelictiva, estadísticas, tendencias históricas y patrones de comportamiento, que permitan actualizar y perfeccionar la investigación para la prevención y atención del delito de extorsión y delitos vinculados; II. Establecer relaciones de colaboración con las autoridades competentes, así como con las organizaciones sociales y privadas, con la finalidad de orientar a la sociedad en las medidas que deben adoptar para prevenir el delito de extorsión y delitos vinculados; III. Llevar registros y estadísticas específicas, así como suministrar e intercambiar la información obtenida sobre el delito de extorsión y delitos vinculados, a través de los sistemas e instrumentos tecnológicos respectivos y en términos de las disposiciones legales que permitan dicho suministro e intercambio; IV. Coordinar la formulación de la Estrategia Estatal para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión y Delitos Vinculados, así como disponer lo necesario para su cumplimiento; V. Fomentar la cultura de prevención del delito de extorsión y delitos vinculados, y llevar a cabo campañas orientadas para evitar los factores y causas que lo originan, con la participación de los sectores público, social y privado; VI. Establecer mecanismos de cooperación destinados al intercambio de información y adiestramiento continuo de las personas servidoras públicas especializándolas en el delito de extorsión y delitos vinculados, y VII. Las demás que le confiera la Ley General y los ordenamientos jurídicos aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.