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Artículo 33 de la Ley para Prevenir, Atender y Combatir los Delitos en materia de Extorsión y Delitos Vinculados del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno del Estado va a crear un plan especial llamado "Estrategia Estatal" para prevenir y combatir el delito de extorsión (cuando te obligan a dar dinero o bienes con amenazas) y otros delitos parecidos. Este plan debe seguir las reglas que ya puso el gobierno federal en su estrategia nacional para el mismo problema. Para lograrlo, la Secretaría puede pedir ayuda e información a todas las policías del estado y de otros estados, a las fiscalías (que son las oficinas encargadas de investigar delitos) y a cualquier autoridad que tenga que ver con estos temas.

Texto oficial

Artículo 33. La Secretaría diseñará e implementará la Estrategia Estatal para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión y Delitos Vinculados, que tendrá como objeto definir y coordinar el diseño y la implementación de acciones y políticas en el ámbito estatal, la cual deberá ajustarse a los contenidos establecidos en la Estrategia Nacional para Prevenir y Combatir el Delito de Extorsión a cargo de la Federación. La Secretaría podrá solicitar información y colaboración a las Instituciones de Seguridad Pública estatales o municipales, incluidas de otras entidades federativas, a la Fiscalía General de la República, a la Fiscalía, a las Fiscalías o Procuradurías de otras entidades federativas, así como a todas aquellas autoridades que cuenten con atribuciones vinculadas a los propósitos contenidos en dichas estrategias. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de febrero de 2026. Sin reforma. LEY PARA PREVENIR, ATENDER Y COMBATIR LOS DELITOS EN MATERIA DE EXTORSIÓN Y DELITOS VINCULADOS DEL ESTADO DE MÉXICO 13

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.