Artículo 1 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta ley es para todo el Estado de México y aplica a todos los servicios de salud, ya sean del gobierno, de organismos privados o de cualquier institución. Su objetivo es proteger tu salud y la de todos, siguiendo lo que dice la Constitución y otras leyes importantes sobre el derecho a la salud. También define qué tiene que hacer cada autoridad para garantizar ese derecho, cómo trabajar juntos para mejorar la salud pública, y cómo se deben dar los servicios de salud en el estado.
Texto oficial
Artículo 1. Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social y de observancia general en el Estado de México, de aplicación obligatoria al sector salud público, social y privado y tienen por objeto: I. Establecer los principios fundamentales, derechos y responsabilidades que garanticen la protección de la salud de la población en el Estado de México, contenidos en los artículos 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5° de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 13, Apartados B y C de la Ley General de Salud, así como de los convenios y acuerdos de coordinación en materia de salud que se celebren entre la Federación y el Estado de México, incluida la regulación, control y fomento sanitarios en materia de salubridad local; II. Establecer las responsabilidades de las autoridades, en el ámbito de sus respectivas competencias, en la procuración del derecho a la salud; III. Coordinar acciones en favor de la salud pública; y IV. Normar la prestación de los servicios de salud en el Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.