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Artículo 104 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud del Estado de México tiene que hacer proyectos, campañas y planes para cuidar tu salud y prevenir enfermedades, tanto las que se contagian como las que no, si representan un peligro para la población. También debe mejorar la atención médica, especialmente en el primer nivel, que son centros de salud y consultorios básicos. Además, tiene que ofrecer servicios para prevenir enfermedades, curarte, rehabilitarte o darte cuidados paliativos (para aliviar el dolor en casos graves). Todo esto lo tienen que hacer sin interrumpir tu atención y mandándote rápido a otro nivel si lo necesitas, como a un hospital especializado.

Texto oficial

Artículo 104. La Secretaría ejecutará proyectos estratégicos, programas, campañas permanentes y planes de contingencia necesarios para la promoción de la salud, la prevención, control y eliminación de enfermedades transmisibles y no transmisibles que representen un riesgo real o potencial para la salud pública en el Estado de México. La Secretaría impulsará el fortalecimiento de los niveles de atención, con énfasis en el primer nivel, así como la prestación de servicios de salud preventivos curativos, de rehabilitación y paliativos, garantizando la continuidad de la atención y la referencia oportuna a otros niveles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.