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Ley
Ley de Salud del Estado de México
Artículo
109

Artículo 109 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a promover y prevenir enfermedades crónicas no contagiosas, como la diabetes, la hipertensión o el cáncer. Estas son enfermedades que duran mucho tiempo, avanzan lento y no se pegan de una persona a otra. Aparecen por causas genéticas o físicas, pero también por factores sociales como el ambiente donde vives o tus hábitos diarios.

Texto oficial

Artículo 109. La Secretaría impulsará acciones de promoción y prevención de las enfermedades crónicas no transmisibles, entendidas como aquellos padecimientos de larga duración, evolución lenta y no contagiosos, derivados de factores genéticos, fisiológicos, así como los determinantes sociales tales como ambientales y de comportamiento.

Ver texto oficial de la Ley de Salud del Estado de México (pág. 43) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.