Artículo 136 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (de Salud) va a supervisar todo lo relacionado con la reproducción asistida, como los tratamientos de fertilidad. También va a vigilar las clínicas donde se hacen estos tratamientos, a los doctores que los aplican y los registros de cuántos se realizan. Además, checará los asuntos médicos y legales que tengan que ver con esto. En pocas palabras, se asegurará de que todo esté en orden y bien controlado.
Texto oficial
Artículo 136. La Secretaría vigilará los procesos de la reproducción asistida, así como los espacios en los que se lleve a cabo, a las y los profesionales que lo realicen, las estadísticas, así como las implicaciones médico-legales que correspondan.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.