Artículo 148 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las mujeres y las personas que pueden embarazarse en el Estado de México tienen derecho a decidir sobre su propio cuerpo, incluyendo abortar (interrumpir el embarazo) solo en los casos que la ley local permite. La "interrupción legal del embarazo" significa que el aborto lo hace un médico o personal de salud preparado, usando medicamentos o cirugía, en un lugar limpio y seguro para no poner en riesgo tu salud o tu vida.
Texto oficial
Artículo 148. Las mujeres y personas gestantes en el Estado de México tienen el derecho a decidir sobre su propio cuerpo y sobre la interrupción legal del embarazo en los casos permitidos por el Código Penal del Estado de México y las Normas Oficiales Mexicanas. Para efectos de esta Ley, se entiende por Interrupción Legal del Embarazo, al procedimiento médico, farmacológico o quirúrgico, para la interrupción del embarazo, realizado por personal de salud capacitado, en condiciones higiénicas que reduzcan los riesgos a la salud y la vida de la mujer o persona gestante.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.