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Artículo 166 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud tiene la obligación de atender rápido a las personas mayores de 60 años que tengan enfermedades como diabetes o presión alta. Esto aplica sobre todo a quienes más lo necesitan. También se habla de la importancia de la buena alimentación para prevenir y controlar estos problemas. En pocas palabras, el gobierno debe asegurarse de que los adultos mayores reciban atención médica sin demora y con prioridad.

Texto oficial

Artículo 166. La Secretaría garantizará la atención oportuna en las personas adultas mayores con enfermedades crónico no transmisibles como diabetes mellitus e hipertensión arterial sistémica, prioritariamente. CAPÍTULO XIII De la Nutrición

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.