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Artículo 165 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud va a asegurarse de que los adultos mayores tengan una vejez saludable. Para lograrlo, va a pedir a escuelas y centros de salud que enseñen sobre geriatría (cuidado de personas mayores) y gerontología (estudio del envejecimiento), para que haya más doctores especializados. También va a crear áreas especiales para atender a los adultos mayores, incluyendo apoyo emocional al final de la vida (tanatología). Además, va a capacitar al personal de salud para que sepa tratar bien a las personas mayores y detectar si están sufriendo violencia, abuso o abandono, dándoles ayuda psicológica o llevando el caso con las autoridades.

Texto oficial

Artículo 165. La Secretaría promoverá las siguientes acciones para garantizar el envejecimiento saludable: I. Promoción para que las instituciones educativas y de seguridad social establezcan las disciplinas para la formación en geriatría y gerontología con el fin de garantizar la cobertura de los servicios de salud requeridos para la población adulta mayor; II. Fortalecimiento de áreas especializadas para la atención en gerontología, geriatría y tanatología; III. Capacitación y sensibilización del personal de salud, en materia de gerontología, geriatría y tanatología; y IV. Establecimiento e implementación de protocolos para la detección e identificación de posibles casos de violencia, abuso o abandono hacia la persona adulta mayor, con la prestación de apoyo psicológico o en su defecto, la canalización a la autoridad competente, según sea el tipo de violencia detectada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 54) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.