- Ley
- Ley de Salud del Estado de México
- Artículo
- 190
Artículo 190 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La atención prehospitalaria es la ayuda médica que te dan cuando estás fuera de un hospital, como en la calle o en tu casa, y necesitas que un profesional capacitado te atienda con equipo especial. Es lo que hacen las ambulancias o los paramédicos antes de llevarte al hospital.
Texto oficial
Artículo 190. Se entiende por atención prehospitalaria a toda aquella atención médica fuera de un centro hospitalario que requiere de atención de un profesional entrenado, material y equipo especializado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.