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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley294/206
Ley
Ley de Salud del Estado de México
Artículo
206

Artículo 206 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las ambulancias, patrullas, pipas de bomberos o cualquier vehículo que atienda emergencias tiene que cumplir con las reglas y leyes que ya están vigentes para ese tipo de vehículos. Esto significa que deben traer el equipo adecuado, estar en buen estado y tener los permisos necesarios según lo que marcan los reglamentos actuales. Si no lo hacen, estarían violando la ley.

Texto oficial

Artículo 206. Toda unidad de emergencia debe ajustarse a los lineamientos de normatividad y reglamentación vigentes para este fin.

Ver texto oficial de la Ley de Salud del Estado de México (pág. 63) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.