Artículo 211 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La donación y el trasplante de órganos y tejidos, ya sea que vengan de una persona viva o fallecida, deben ser completamente gratis, sin pedir ni recibir dinero a cambio. También tienen que hacerse por solidaridad, sin buscar ningún beneficio económico. Todo el proceso debe mantenerse en secreto (confidencialidad) y solo se realiza si es posible hacerlo de manera segura y efectiva. Estas reglas están detalladas en otras leyes que explican cómo aplicarlas.
Texto oficial
Artículo 211. La donación y el trasplante de órganos y tejidos procedentes de donadores vivos o fallecidos, se regirán por los principios de gratuidad, altruismo, ausencia de ánimo de lucro, confidencialidad y factibilidad, establecidos en las disposiciones reglamentarias aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.