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Artículo 225 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Estatal de Donación y Trasplante (que es el grupo encargado de coordinar donaciones) le va a entregar a la Secretaría de Salud un plan de cuánto dinero se necesita invertir. Ese plan se basará en la información del Registro Estatal de Enfermedades Crónicas Trasplantables, o sea, el listado de personas con enfermedades graves que pueden requerir un trasplante. La idea es que esa propuesta se tome en cuenta al momento de hacer los presupuestos del gobierno. Así, se busca asegurar que haya recursos para atender a quienes necesitan un órgano o tejido.

Texto oficial

Artículo 225. El Sistema Estatal de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos presentará a la Secretaría, su propuesta de inversión en salud, basada en datos Registro Estatal de Enfermedades Crónicas Trasplantables, para las personas con enfermedades crónicas trasplantables, con el objeto de que pueda ser considerada en los presupuestos correspondientes. CAPÍTULO V De la Procuración de Tejidos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

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