Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 226 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud se encarga de vigilar y controlar todo el proceso de tejidos humanos (como córneas o piel) en el estado, desde que se obtienen hasta que se implantan en una persona. También define las reglas y estrategias de salud sobre este tema. Además, debe hacer campañas todo el tiempo para que la gente entienda lo importante que es donar tejidos para salvar vidas.

Texto oficial

Artículo 226. Compete a la Secretaría, en materia de procuración de tejidos: I. Realizar la vigilancia y el control sanitario de la procuración, preservación, procesamiento, suministro e implantación de tejidos humanos, dentro de la entidad en términos de lo establecido por la Ley General y demás disposiciones jurídicas aplicables; II. Establecer y dirigir las políticas en salud, en materia de procuración de tejidos; y III. Realizar campañas permanentes de concientización sobre la importancia de la donación de tejidos para fines de implantación. CAPÍTULO VI De la Donación y Transfusión Sanguínea

Ver ley oficial en el DOF (pág. 65) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.