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Artículo 29 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El DIF del Estado de México va a trabajar de la mano con otras autoridades para cuidar tu salud y la de tu familia. Entre sus labores está prevenir y atender las adicciones, dar servicios básicos de salud a los miembros de tu hogar y promover el bienestar mental, todo siguiendo lo que marque el gobierno estatal. También ayudará a crear programas y acciones para proteger a los niños, niñas y adolescentes, buscando que reciban toda la atención que necesitan. Además, hará cualquier otra tarea que le encarguen esta ley u otras reglas oficiales.

Texto oficial

Artículo 29. El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de México, en materia de salud, coadyuvará de forma transversal en las atribuciones siguientes: I. Establecer, organizar, coordinar, fomentar y ejecutar programas y acciones de prevención y atención de las adicciones, brindando atención primaria a la salud de los miembros del grupo familiar, que propicien una cultura de salud mental, vinculado en lo conducente con las atribuciones del Sistema Estatal; II. Participar en el diseño de políticas públicas, estrategias y acciones coordinadas para asegurar la atención integral a niñas y niños y adolescentes; y III. Las demás que le confieran, esta Ley y otras disposiciones legales aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.