Artículo 43 de la Ley de Salud del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica de qué está compuesto todo lo que posee el ISEM (el Instituto de Salud del Estado de México). Básicamente, su patrimonio incluye los bienes que ya tiene, más cualquier dinero o cosas que le den los gobiernos (federal, estatal o municipal). También cuenta con donaciones, herencias o aportaciones de empresas o personas, y las cuotas que cobre por sus servicios. Además, entran derechos sobre propiedades, permisos oficiales y cualquier otro bien o dinero que pueda obtener, siempre que tenga un valor económico. Todo ese dinero solo se puede usar para los gastos y proyectos que apruebe el Consejo Interno del Instituto.
Texto oficial
Artículo 43. El patrimonio del ISEM se integra con: I. Los bienes con los que actualmente cuenta; II. Las aportaciones que los gobiernos federal, estatal y municipales le otorguen; III. Los derechos que tenga sobre los bienes muebles e inmuebles que le transfieran; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 20 IV. Las aportaciones, donaciones, legados y demás análogas que reciba de los sectores social y privado; V. Las cuotas de recuperación que reciba por los servicios que preste; VI. En general, todos los bienes, derechos y obligaciones que entrañen utilidad económica o sean susceptibles de estimación pecuniaria y que se obtengan por cualquier título; VII. Las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones que se le otorguen conforme a la Ley General y esta Ley; y VIII. En general, todos los bienes, derechos y obligaciones que entrañen utilidad económica o sean susceptibles de estimación pecuniaria y que se obtengan por cualquier título. Los ingresos del Instituto, así como los productos e instrumentos financieros autorizados serán destinados y aplicados a las actividades señaladas en los programas aprobados por el Consejo Interno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.