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Artículo 66 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice quiénes forman parte del grupo principal de salud del Estado de México, que se llama Comando Estatal Interinstitucional del Sector Salud. Son los jefes de varias dependencias, como la Secretaría de Salud, el ISEM, el ISSSTE, el IMSS, la Cruz Roja, el Ejército (SEDENA) y otras oficinas de salud y protección civil. También pueden invitar a expertos, escuelas o hospitales privados si la persona encargada de la Secretaría lo decide. En pocas palabras, aquí se enlistan todos los que tienen voz y voto en las decisiones importantes de salud en el estado.

Texto oficial

Artículo 66. Son integrantes del Comando Estatal Interinstitucional del Sector Salud: I. La Persona Titular de la Secretaría; II. La Persona Secretaria Técnica del Consejo de Salud; III. La Persona Titular de la Coordinación de Salud del ISEM; IV. La Persona Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Estado de México Poniente; V. La Persona Titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Regional Estado de México Oriente; VI. La Persona Titular de la Subdelegación Médica del ISSSTE; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de abril de 2026. Sin reforma. LEY DE SALUD DEL ESTADO DE MÉXICO 32 VII. La Persona Titular de la COPRISEMEX; VIII. La Persona Titular de la Coordinación Estatal del IMSS-BIENESTAR; IX. La Persona Titular del ISSEMYM; X. La Persona Titular de la Coordinación General de Protección Civil y Gestión Integral del Riesgo; XI. La Comandancia de la XXXVII Zona Militar (SEDENA); XII. La Comandancia de la XXII Zona Militar (SEDENA); XIII. La Persona representante del Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia; XIV. La Persona Titular del IMIEM; XV. La Persona Titular del Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades; XVI. La Persona Titular del Instituto Mexiquense de Salud Mental y Adicciones; XVII. La Persona Titular de la Coordinación Estatal del Servicio Nacional de Salud Pública; y XVIII. La Persona representante de la Cruz Roja Mexicana estatal. A consideración de la persona titular de la Secretaría, se podrá invitar a personas especialistas, instituciones educativas e instituciones de salud privadas. Sección Tercera Del Sistema Estatal de Donación y Trasplante de Órganos y Tejidos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

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