Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 84 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría se encargará de dirigir las labores del equipo técnico que apoya al Comité Estatal de Vigilancia Epidemiológica. Ese equipo se llama Secretariado Técnico y su forma de trabajar se definirá en el reglamento de esta ley. Básicamente, la Secretaría organiza a los expertos que vigilan enfermedades para que el Comité tenga la información que necesita.

Texto oficial

Artículo 84. La Secretaría coordinará los trabajos del Secretariado Técnico del Comité Estatal de Vigilancia Epidemiológica, cuya organización se establecerá en el Reglamento de la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.