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Artículo 89 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 89 dice que los laboratorios son los encargados de hacer estudios científicos para confirmar si una persona tiene una enfermedad que se puede contagiar. Esa información debe ser de buena calidad para que las autoridades de salud puedan saber qué está pasando. Básicamente, los laboratorios ayudan a verificar si alguien está enfermo, para poder tomar las medidas necesarias.

Texto oficial

Artículo 89. La vigilancia por laboratorio será el soporte técnico científico que genere información de calidad para la confirmación de los casos de enfermedades transmisibles, sujetas a vigilancia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.