Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley294/96
Ley
Ley de Salud del Estado de México
Artículo
96

Artículo 96 de la Ley de Salud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Salud coordina sus trabajos con el centro nacional que maneja el Reglamento Sanitario Internacional, que son las reglas globales para evitar que enfermedades se propaguen entre países. También se encarga de vigilar enfermedades que la Organización Mundial de la Salud considera peligrosas a nivel internacional. Esto incluye estar al tanto de cualquier brote o situación de salud que pueda afectar a México y otros países. En palabras simples, su chamba es prevenir que enfermedades graves entren al país o se salgan de control.

Texto oficial

Artículo 96. La Secretaría tendrá la función de coordinar, sus actividades con el centro nacional de enlace del Reglamento Sanitario Internacional y realizar la vigilancia epidemiológica internacional, así como aquellas enfermedades establecidas por la Organización Mundial de la Salud y los eventos de salud pública de importancia internacional.

Ver texto oficial de la Ley de Salud del Estado de México (pág. 40) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.