Artículo 100 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 100 dice que matar animales para comerlos solo se puede hacer si las autoridades dieron permiso y se sigue su método aprobado. Además, está totalmente prohibido criar, vender o comprar perros y gatos domésticos para que la gente se los coma. O sea, estos animales de compañía no pueden usarse como comida bajo ningún motivo. Solo aplica para el consumo humano, no para otras cosas.
Texto oficial
Artículo 100. El sacrificio humanitario de los animales destinados al consumo se deberá realizar en apego a las autorizaciones que expidan las autoridades competentes. Queda estrictamente prohibido criar, enajenar o adquirir animales domésticos felinos o caninos considerados de compañía, para consumo humano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.