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Artículo 51 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes una mascota, como un perro o un gato, eres responsable de recoger sus popós cuando los saques a la calle o estén en lugares públicos o privados, y también en tu casa. Debes tirarlos en un lugar adecuado, como un bote de basura. Además, tienes que ponerle las vacunas necesarias para evitar enfermedades que se puedan contagiar, según las reglas oficiales. También estás obligado a darle suficiente comida y los cuidados que necesita para vivir bien.

Texto oficial

Artículo 51. Toda persona responsable de un animal de compañía deberá recoger las heces fecales cuando transite en los espacios públicos o privados y en el lugar donde habite el animal para depositarlas en un lugar adecuado, así como a aplicar las vacunas e inmunizaciones de enfermedades transmisibles conforme a la disposición reglamentaria correspondiente y está obligada a procurarle alimentación y cuidados apropiados a su modo de vida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.