Artículo 55 de la Ley de Protección, Cuidado y Bienestar Animal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si tienes un perro o gato y lo sacas a la calle, por ley tienes que ponerle una pechera (como un arnés) y una correa para tenerlo controlado. Además, si tu mascota muerde, lastima o causa algún daño a otra persona o a sus cosas, tú eres el responsable y tendrás que pagar por los gastos que eso genere. El dinero para cubrir esos daños se calcula según lo que dice el Código Civil, y también te pueden multar o castigar por no cumplir con esta ley.
Texto oficial
Artículo 55. Toda persona responsable de un animal de compañía está obligada a colocarle una pechera y correa al transitar en la vía pública, asimismo, será responsable de los daños, perjuicios o lesiones que ocasione a terceros, de conformidad con las disposiciones de esta Ley y de los demás ordenamientos jurídicos aplicables. El pago de daños o perjuicios se realizarán en términos de lo establecido en el Código Civil y el responsable será sancionado administrativamente en los términos de esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.