Artículo 24 Bis de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire tiene que obedecer al Ayuntamiento, que es el gobierno del municipio. Además, debe manejar su contabilidad siguiendo las reglas que ponga el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México, que es como un supervisor de los gastos públicos. Para encargarse de la administración y el dinero, el Instituto tendrá un tesorero elegido por el Consejo Municipal, que le dirá qué obligaciones cumplir. Básicamente, el Instituto no puede hacer lo que quiera con su dinero, sino que debe rendir cuentas.
Texto oficial
Artículo 24 Bis.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenango del Aire estará sujeto al control del Ayuntamiento y llevarán su contabilidad ajustándose a las normas que emita el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México. La administración y contabilidad del Instituto se llevará a cabo a través de un tesorero que al efecto designe el Consejo Municipal con las obligaciones que éste último le imponga. CAPÍTULO SÉPTIMO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.