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Artículo 3 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla ya es como una persona legal: puede tener derechos, obligaciones y tomar sus propias decisiones. Esto le da la libertad necesaria para cumplir con su deber de promover el deporte y la activación física en el municipio. En pocas palabras, el Instituto puede actuar por sí solo, sin necesidad de que alguien más le dé permiso para cada paso. Así se asegura de que el municipio sí fomente la cultura física entre la gente.

Texto oficial

Artículo 3.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atlautla, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y la cultura física.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.