Artículo 37 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presupuesto del DIFEM (el dinero que usa para funcionar cada año) viene de varias fuentes. Por ejemplo, de lo que ganen sus propiedades o inversiones, y de donaciones que hagan personas o empresas. También entra dinero de eventos como festivales, colectas o rifas, y de los cobros que hace por sus servicios (como cuotas de recuperación). Además, recibe apoyos del Gobierno del Estado y otras dependencias, como subsidios o bienes. También puede obtener recursos de concesiones, permisos o autorizaciones que le den, y de vender, traspasar o hipotecar sus terrenos o edificios, pero solo si el Congreso del Estado lo autoriza.
Texto oficial
Artículo 37.- El presupuesto de ingreso e inversiones del DIFEM para su operación en cada ejercicio, se integrará con los recursos siguientes: I. Con el producto de su patrimonio rentable y las inversiones productivas; II. Con los donativos que aporten las personas físicas o jurídicas colectivas; III. Con el producto de festivales, colectas y otros medios de allegarse fondos; IV. Con los derechos y cuotas de recuperación que se obtengan a cambio de sus diversos servicios; V. Los subsidios, subvenciones, aportaciones, bienes y demás ingresos que el Gobierno del Estado y demás Entidades o dependencias le otorguen o destinen; VI. Las concesiones, permisos, licencias y autorizaciones que se le otorguen conforme a la Ley; y VII. Con el producto de la enajenación, cesión o gravamen sobre sus bienes inmuebles, previa desafectación de su destino y con la autorización de la Legislatura del Estado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.