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Artículo 39 de la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los SMDIF son oficinas municipales que se encargan de ayudar a las familias, especialmente a niñas, niños y adolescentes. Tienen su propio dinero y personalidad legal, lo que significa que pueden tomar decisiones por sí mismos sin depender totalmente del gobierno. Su trabajo es promover programas de asistencia social y proteger los derechos de los menores. Cada una de estas oficinas debe estar ubicada en la cabecera municipal, que es el pueblo o ciudad principal del municipio.

Texto oficial

Artículo 39. Los SMDIF son organismos públicos descentralizados, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tienen por objeto la promoción de las actividades y acciones relacionadas con la asistencia social, la prestación de servicios asistenciales y la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, los cuales establecerán su domicilio social en la cabecera municipal correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.