Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Atizapan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva (el grupo de personas que toman las decisiones importantes) debe reunirse al menos cada tres meses de manera normal u ordinaria. Además, pueden juntarse en cualquier momento si surge un asunto urgente o especial, llamado reunión extraordinaria. Esto aplica para cualquier tipo de asociación o empresa que tenga este tipo de consejo.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.