Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Calimaya
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva del Instituto Municipal de Deporte de Calimaya tiene varias tareas importantes. Puede aprobar cómo funciona el instituto por dentro, definir las reglas generales, y dar luz verde a los planes y proyectos que proponga el director. También revisa y aprueba los informes financieros, el dinero que se gasta y se recibe cada año, y decide quién será el director. Además, puede invitar a otras personas del gobierno a sus reuniones cuando sea necesario, y hacer todo lo demás que diga la ley.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Calimaya; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Calimaya; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 1 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE CALIMAYA 5 IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.