Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xalatlaco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La junta directiva tiene el poder de aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xalatlaco y fijar las reglas generales para su funcionamiento. También puede darle luz verde a los proyectos, planes y presupuestos anuales que proponga el director, así como revisar y aceptar los estados financieros y balances. Entre sus funciones está nombrar o confirmar al director, evaluar cómo van los planes, buscar otras formas de conseguir dinero y, si hace falta, invitar a personas de otros niveles de gobierno a las juntas. Además, puede hacer todo lo que indiquen esta ley y otras normas relacionadas.
Texto oficial
Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE XALATLACO 5 I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xalatlaco; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xalatlaco; III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.