Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Xalatlaco

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal proponga a alguien para el puesto. La junta no puede escoger a cualquier persona; tiene que partir de la sugerencia que haga el presidente. En otras palabras, el presidente municipal es quien da el primer paso al recomendar a un candidato, y luego la junta decide si lo acepta o no.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.