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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva debe reunirse al menos cada tres meses, en sesiones normales o "ordinarias". También puede juntarse de forma "extraordinaria" cada vez que sea necesario, sin límite de veces. Las sesiones ordinarias son las que ya están planeadas, mientras que las extraordinarias son para asuntos urgentes o especiales. Esto aplica solo al grupo de personas que toman las decisiones importantes en una organización o empresa.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.