Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La junta directiva debe reunirse al menos cada tres meses, en sesiones normales o "ordinarias". También puede juntarse de forma "extraordinaria" cada vez que sea necesario, sin límite de veces. Las sesiones ordinarias son las que ya están planeadas, mientras que las extraordinarias son para asuntos urgentes o especiales. Esto aplica solo al grupo de personas que toman las decisiones importantes en una organización o empresa.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.