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Artículo 21 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La junta directiva del Instituto Municipal de Deporte de Huixquilucan tiene varias funciones importantes. Por ejemplo, puede aprobar el reglamento interno del instituto y establecer las reglas generales de cómo debe funcionar. También debe aprobar los planes y proyectos que proponga el director, revisar y aprobar los estados financieros (como cuánto dinero entra y sale) y el presupuesto anual. Además, puede nombrar o confirmar al director, evaluar los programas, buscar otras formas de financiamiento, invitar a otros funcionarios a sus reuniones cuando sea necesario, y hacer todo lo que le pida esta ley u otras reglas relacionadas.

Texto oficial

Artículo 21.- Son atribuciones de la junta directiva: I. Aprobar el reglamento interno del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan; II. Establecer los lineamientos generales del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Huixquilucan; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE HUIXQUILUCAN 5 III. Aprobar, en su caso, los proyectos, planes y programas que proponga el director para la consecución de sus objetivos; IV. Conocer y en su caso aprobar los estados financieros y balances anuales, así como los informes generales y especiales que se elaboren por parte del director; V. Aprobar el presupuesto anual de ingresos y de egresos; VI. Nombrar o ratificar al director; VII. Evaluar los planes y programas; VIII. Promover la obtención de fuentes alternas de financiamiento; IX. Invitar a sus sesiones a otros servidores públicos de los gobiernos federal, estatal y municipal, cuando los eventos o asuntos así lo requieran; y X. Las demás que se deriven de la presente ley y de los ordenamientos jurídicos correlativos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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