Artículo 19 de la Ley de Expropiación para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si el dueño de un terreno o casa que el gobierno va a expropiar está de acuerdo con el precio que le ofrecen en el papel oficial (llamado decreto), ese precio se vuelve definitivo. O sea, ya no se puede reclamar ni pedir más. Entonces, el gobierno solo tiene que pagarle esa cantidad, en la forma y el tiempo que ya estén establecidos.
Texto oficial
Artículo 19.- Si el titular de la propiedad expropiada está de acuerdo con el monto de la indemnización fijada en el decreto expropiatorio, ésta quedará firme y se procederá a su pago en los términos en que se haya determinado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.