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Artículo 2 de la Ley de Expropiación para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En el Estado de México, el gobierno puede quitarte tu propiedad privada, pero solo si es para beneficio de todos (como construir una carretera o un hospital) y te pagan por ella. Te tienen que dar una indemnización, que es una compensación económica justa por lo que perdiste. No pueden hacer esto solo porque se les antoje, tiene que ser por una razón legal de utilidad pública. Así que tu propiedad está protegida, a menos que realmente se necesite para un proyecto que ayude a la comunidad.

Texto oficial

Artículo 2.- En el Estado de México la propiedad privada sólo podrá ser expropiada por causa de utilidad pública y mediante indemnización.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.