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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_ley7/32
Ley
Ley de Expropiación para el Estado de México
Artículo
32

Artículo 32 de la Ley de Expropiación para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si el gobierno te expropia algo (te quita tu propiedad por causa de utilidad pública), puedes defenderte. Tienes dos opciones: presentar un recurso de inconformidad (una queja formal) o demandar ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. Todo el proceso debe hacerse siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, que es el manual que dice cómo se hacen estos trámites. En pocas palabras, no te quedas sin derecho a reclamar si no estás de acuerdo con la expropiación.

Texto oficial

Artículo 32.- En contra del decreto expropiatorio los afectados podrán interponer el recurso de inconformidad o juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, conforme a las disposiciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.

Ver texto oficial de la Ley de Expropiación para el Estado de México (pág. 7) ↗

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