Artículo 32 de la Ley de Expropiación para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el gobierno te expropia algo (te quita tu propiedad por causa de utilidad pública), puedes defenderte. Tienes dos opciones: presentar un recurso de inconformidad (una queja formal) o demandar ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México. Todo el proceso debe hacerse siguiendo las reglas del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México, que es el manual que dice cómo se hacen estos trámites. En pocas palabras, no te quedas sin derecho a reclamar si no estás de acuerdo con la expropiación.
Texto oficial
Artículo 32.- En contra del decreto expropiatorio los afectados podrán interponer el recurso de inconformidad o juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México, conforme a las disposiciones del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.