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Artículo 11 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado de Carácter Estatal denominado Universidad Tecnológica de Tecámac

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El consejo directivo debe juntarse de manera normal mínimo cada dos meses. También pueden tener juntas especiales cuando sea necesario resolver algo urgente. Es como cuando en un equipo de trabajo se ponen de acuerdo para reunirse cada dos meses y, si surge un problema, agendan otra junta extra. No hay más requisitos ni vueltas legales complicadas.

Texto oficial

Artículo 11.- El consejo directivo sesionará en forma ordinaria cuando menos una vez cada dos meses y en forma extraordinaria las veces que sean necesarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.