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Artículo 25 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Colegio de Bachilleres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las agrupaciones de alumnos, como las sociedades de estudiantes, no dependen de los maestros ni directivos de la escuela. Los propios estudiantes deciden cómo organizarse, sin que las autoridades educativas se metan en eso. Además, el capítulo quinto habla del patrimonio, que son los bienes o recursos que pertenecen a la escuela o al grupo de alumnos. En pocas palabras, los estudiantes tienen libertad para formar sus propios grupos sin intervención de las autoridades.

Texto oficial

Artículo 25.- Las agrupaciones de alumnos serán totalmente independientes de las autoridades de la instrucción y se organizaran como los propios estudiantes determinen. CAPITULO QUINTO Del Patrimonio

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.