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Artículo 15 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios Educativos Integrados al Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser Director General de esta institución, necesitas cumplir con estos requisitos: ser mexicano de nacimiento, estar al corriente de tus derechos como ciudadano del Estado, tener experiencia destacada en educación o en el gobierno, contar con título universitario (licenciatura o algo equivalente), ser una persona con buena reputación y no ser sacerdote, pastor ni líder de ninguna religión.

Texto oficial

Artículo 15.- Para ser Director General se requiere: I. Ser mexicano por nacimiento. II. Ser ciudadano del Estado en ejercicio de sus derechos. III. Tener trayectoria reconocida en el campo educativo o en la administración pública. IV. Tener nivel académico de licenciatura o equivalente. V. Ser persona de reconocida solvencia moral. VI. No ser ministro de algún culto religioso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.